Entra en Vigencia disposición de solicitud de VISA para venezolanos que quieran ingresar a Costa Rica

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Globalízate Radio.- Desde este lunes 21 de febrero las autoridades migratorias en Costa Rica solicitarán a los nacionales venezolanos la presenctación de VISA para poder ingresar a ese país. Esta medida fue anunciada el pasado jueves 17 de febrero.

Un comunicado oficial publicado por la Dirección general de Migración de Costa Rica expresa: “La Dirección General de Migración y Extranjería, trabaja bajo los principios del Pacto Mundial para una migración ordenada, segura, regular y sobre todo digna, comprometida con el otorgamiento de visas, para generar un procedimiento que priorice el ingreso de personas con vinculo en primer grado de consanguinidad y desde nuestros Consulados visas consulares para emergencias e interés público”, indica un comunicado oficial.

Sede de la Dirección General de Migración Costa Rica (Foto: Archivo)

Es por ello que todo venezolano que quiera viajar a este país deberá tramitar una visa consultada ante los consulados de Costa Rica acreditados en el exterior, esta acción deberá ser autoridazada por las autoridades de Migración. En los casos de emergencia o fuerza mayor, los cónsules costarricenses estarán autorizados a emitir directamente la visa sin necesidad de consulta a la Dirección de Migración.

La Dirección de Migración de Costa Rica explicó que la solicitud de visa es una acción que pretende “ordenar y regular la migración desde la salida de sus países de origen, ya sea para fines de tránsito o destino en Costa Rica”.

La entidad también anunció que Costa Rica solicitará visa de tránsito para los cubanos y nicaragüenses que lleguen a los aeropuertos costarricenses, con el fin de “asegurar que las distintas aerolíneas con destino a Europa y Estados Unidos puedan trasladar a estas personas extranjeras de forma segura”.

“Los cambios en la política migratoria a nivel mundial han provocado diferencias en la dinámica de movilidad de estas nacionalidades, a través de las distintas fronteras aéreas, terrestres y marítimas, por los cuales, otros países han adoptado la solicitud de visa”, explicó la Dirección de Migración.

Procedimiento para solicitar la VISA para Costa Rica

La situación que se evidencia para este trámite desde Venezuela es que EL Consulado y Embajada de Costa Rica cerraron sus puertas desde el año 2020. A pesar de esto, el decreto publicado por el Gobierno de Costa Rica da una solución, los venezolanos pueden tramitar una VISA CONSULTA o EXCEPCIONAL, el protocolo a seguir sera dado a conocer por la Dirección General de Migración.

Sin embargo, según el decreto publicado en La Gaceta Diario Oficial del país centroamericano, este jueves 17 de febrero, hay una solución: los venezolanos deberán tramitar una visa consultada o excepcional, cuyos lineamientos serán emitidos por la Dirección General de Migración en los próximos días.

Las autoridades migratorias costaricences darán a conocer la informacion sobre este procedimiento que necesitan los venezolanos que estan en su pañis y requiera tramitar la documentación.Entre tanto los venezolanos que se encuentren en otros países, y según el Decreto podrán tramitar las respectivas VISAS en las Embajadas y Consulados acreditados en los paises donde se encuentren.

No obstante, el decreto publicado este jueves 17 de febrero indica que para tramitar la visa consultada o excepcional también regirá lo dispuesto en el Reglamento para el Otorgamiento de Visas de Ingreso a Costa Rica.

La permencia de los venezolanos en ese país será de 30 días contados a partir de su ingreso prorrogables hasta 90 días, la resolución tambien expresa que la VISA sólo tiene validez para un único ingreso, cada vez que un venezolano desee ingresar a Costa Rica deberá tramitar nuevamente una VISA.

Según OIM Costa Rica aproximadamente unos 30 mil venezolanos estan en ese país. (Foto: Archivo)

¿Quiénes pueden solicitar una visa consultada o excepcional?

En el reglamento se señala que este tipo de visa está dirigida a aquellos extranjeros que no puedan presentar la solicitud ante el cónsul de su país de origen o residencia habitual, y que se ubiquen dentro de alguno de los supuestos señalados a continuación:

  1. Reciban o vayan a recibir tratamiento médico, lo cual debe comprobarse, en clínicas u hospitales de Costa Rica, reconocidos por el Ministerio de Salud.
  2. Inexistencia de consulado costarricense en el país de origen o de residencia de la persona solicitante.
  3. Cuando la persona solicitante demuestre vínculo de primer grado con costarricense o bien con residente, según lo establecido en el artículo 78 y 79 inciso 1 de la Ley General de Migración y Extranjería.
  4. Cuando por razones laborales demostrables la persona se encuentre fuera de su país de origen o residencia habitual.
  5. Por autorización expresa de la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

Requisitos para solicitar la visa consultada o excepcional

  • 1.-Solicitud dirigida al Cónsul de Costa Rica en la que se incluya la siguiente información del solicitante:
  • Nombre completo y apellidos
  • Nacionalidad
  • Número de pasaporte
  • Lugar de residencia
  • Motivo del viaje
  • Tiempo previsto de permanencia en Costa Rica
  • Lugar y fecha aproximada de llegada y salida de Costa Rica
  • Profesión u oficio
  • Dirección exacta del lugar donde va a permanecer en Costa Rica
  • Fecha y lugar de nacimiento del interesado
  • Fax para recibir notificaciones
  • Fecha
  • Firma
  • 2. En el caso de los venezolanos, Costa Rica aceptará el pasaporte y su correspondiente prórroga hasta con un día de vigencia, de acuerdo con la resolución N° AJ-060-04-2019-JM, del 29 de abril de 2019.
  • 3. Reserva tentativa del boleto o pasaje de regreso o de continuación del viaje a efectos de comprobar los motivos del viaje y las condiciones de turismo.
  • 4. Demostración de la solvencia económica del solicitante.
  • 5. Certificación de antecedentes penales debidamente legalizado
  • 6. Certificación de nacimiento, debidamente legalizado
  • El Cónsul, o en su defecto la Dirección General de Migración, podrá solicitar, de ser necesario, documentos adicionales que sean emitidos en el país de origen del solicitante, siempre que su presentación sea fundamental para el análisis en el otorgamiento de la visa.

Recibida la documentación, Costa Rica dará a los solicitantes de visa de turismo una respuesta a su solicitud en un plazo máximo de 30 días. En caso de autorizarse la visa de ingreso, el solicitante deberá presentarse al consulado que conoció la solicitud para que se estampe la visa respectiva.