Este Martes 22 Sep. se reúne el Consejo Nacional de Migración de República Dominicana

Globalízate Radio.- Compartimos aspectos importantes que usted migrante debe conocer sobre  la figura gubernamental convocada de manera extraordinaria por la Presidencia de la República Dominicana para este martes 22 de Septiembre en horas de la tarde.

 “El Consejo Nacional de Migración es una instancia de carácter técnico y asesor creada y contemplada en la Ley General de Migración # 285-04.

 A continuación una sección de la Ley:

SECCION III DEL CONSEJO NACIONAL DE MIGRACION

Art. 7.- Se crea el Consejo Nacional de Migración. El mismo actúa como órgano coordinador de las instituciones responsables de la aplicación de la política nacional de migración y servirá de entidad asesora del Estado.

Art. 8.- El Consejo Nacional de Migración estará integrado por 11 representantes de entidades de Gobierno.

1.- El Secretario de Estado de Interior y Policía

2.- El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores

3.- El Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas

4.- El Secretario de Estado de Trabajo

5.- El Secretario de Estado de Turismo

6.- El Secretario de Estado de Obras Públicas

7.- El Secretario de Estado de Salud Pública

8.- El Secretario de Estado de Agricultura

9.- El Juez Presidente de la Junta Central Electoral

10.- El Presidente de la Comisión de Interior y Policía del Senado

11.- El Presidente de la Comisión de Interior y Policía de la Cámara de Diputados

Art. 9.- Serán funciones del Consejo Nacional de Migración:

1. Asesorar al Estado, en particular a las Secretarías de Estado que participan como miembros del Consejo Nacional de Migración, en especial a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, proponiendo objetivos y medidas para el diseño y ejecución de políticas migratorias.

2. Diseña la política migratoria nacional y planifica sus programas en coordinación con las diversas dependencias atinentes del Estado, en particular con las Secretarías de Estado que la integran.

3. Preparar planes quinquenales de política migratoria, los cuales deberán ser enviados al Poder Ejecutivo. Asimismo, anualmente enviar un informe de sus actividades al Poder Ejecutivo a fin de que éste incluya sus informaciones en las memorias anuales que entrega al Congreso de la República.

4. Recomendar medidas especiales en materia migratoria, cuando se presenten situaciones excepcionales que así lo ameriten.

5. Proponer estrategias que racionalicen el empleo de mano de obra inmigrante en función de los requerimientos sectoriales del mercado de trabajo y las demandas de recursos humanos calificados que requiere el proceso de desarrollo.

6. Promover los estudios sobre la migración, su impacto económico, social, político y cultural.

7. Promover el estudio de las causas y consecuencias de la emigración y el retorno denacionales, así como diseñar programas de retorno, cuando las condiciones nacionales lorequieran.

8. Recomendar acciones que tiendan a desalentar la emigración de talentos y profesionales,cuando así lo aconseje el interés nacional.

9. Promover estudios destinados a implementar programas que estimulen el retorno denacionales, planificando la inserción laboral de los mismos.

10. Prestar su asesoramiento y colaboración en otras materias que faciliten la elaboración yejecución de la política migratoria.

A continuación puede leer la Ley 285-04 completa en el siguiente enlace

https://dgii.gov.do/sobreTarjetaTurista/Documents/Ley285-04.pdf